De acuerdo con la nueva regulación, se imponen restricciones severas para la contratación de anuncios electorales en los medios de comunicación. La regulación también incluye el envío de mensajes de texto, autorizando a los candidatos y partidos a remitir hasta tres mensajes por semana a los votantes. Queda prohibida la distribución de propaganda fuera del periodo de campaña, establecido entre el 11 y el 24 de julio.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) emitió en la Gaceta Electoral N° 1.122, del 8 de julio, la “Normativa especial sobre la campaña electoral para las elecciones municipales 2025”. No obstante, el reglamento se dio a conocer a las organizaciones políticas solo el viernes 11 de julio, a pocos días del inicio oficial de la campaña para las elecciones del 27 de julio.
De acuerdo con la nueva regulación, se fijan restricciones rigurosas para la compra de publicidad electoral en los medios de comunicación. El artículo 6 estipula que las agrupaciones políticas podrán adquirir hasta 1 minuto diario en televisión, tanto en canales públicos como privados, por cada prestador de servicio. Este periodo también se refiere a la televisión de pago y no es acumulable, destacó Efecto Cocuyo.
En radio, la limitación es de 2 minutos diarios por estación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7, y tampoco se pueden acumular. En lo que respecta a los medios impresos, el artículo 8 permite la difusión de propaganda en media página diaria en formato convencional o una página diaria en formato tabloide, según el tipo de circulación (nacional, regional o local).
La regulación también incluye el uso de SMS, permitiendo a candidatos y partidos enviar hasta tres mensajes por semana a los votantes mediante compañías telefónicas.
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