Caracas, 10 junio, (batalladeideas.com).- especialista legal venezolano en temas de aviación, Rodolfo Ruiz, comunicó este lunes acerca de nuevas limitaciones para la entrada a Estados Unidos de personas con nacionalidad venezolana.
De acuerdo con esta información, a partir del 9 de junio de 2025, los venezolanos que lleguen a territorio estadounidense con documentos de viaje otorgados a partir de esa fecha no tendrán permitido entrar al país, ni siquiera para hacer escalas.
¿A quiénes sí se les permitirá la entrada?
A pesar de esta normativa, se contemplan algunas excepciones para ciertos grupos de venezolanos. La información precisa que los siguientes viajeros sí podrán ingresar a territorio estadounidense:
Individuos que tengan visas expedidas antes del 8 de junio de 2025.
Personas que posean la Tarjeta de Residente Permanente de EE. UU. (Formulario I-551).
Individuos con doble nacionalidad que presenten un pasaporte de un país que no esté sujeto a restricciones.
Venezolanos que posean visas de carácter diplomático o especiales, tales como:
A-1, A-2 (representantes diplomáticos),
C-2, C-3 (tránsito hacia organizaciones internacionales),
G-1 a G-4 (empleados de organizaciones internacionales),
NATO-1 a NATO-6 (empleados de la OTAN).
Atletas, entrenadores y personal de apoyo que viajen para participar en eventos de nivel internacional, como la Copa del Mundo o los Juegos Olímpicos, siempre y cuando tengan la autorización pertinente del Departamento de Estado.
Individuos que tengan visas de inmigrante para familiares directos, como:
IR-1/CR-1 (esposos/as),
IR-2/CR-2 (hijos/as),
IR-5 (padres).
Niños adoptados que tengan visas IR-3, IR-4, IH-3 o IH-4.
Personas que tengan Visas Especiales de Inmigrante, como:
Antiguos empleados del gobierno de Estados Unidos.
Grupos étnicos o religiosos minoritarios que sean perseguidos en países como Irán.
Ciudadanos afganos que tengan un estatus de protección especial.
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