La máxima entidad judicial determinó que las emisiones no violan ninguna disposición constitucional, después de examinar una acción de cumplimiento interpuesta por un ciudadano.
El Consejo de Estado de Colombia ha confirmado que el presidente Gustavo Petro está autorizado a seguir transmitiendo en vivo el Consejo de Ministros, al determinar que estas transmisiones no infringen ninguna norma legal ni constitucional.
De acuerdo con lo comunicado por el ente judicial, la resolución se tomó luego de examinar una solicitud de cumplimiento presentada por un individuo que pretendía limitar estas transmisiones públicas.
Conforme a la resolución dada el 8 de mayo de 2025 por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, el juzgado ratificó el fallo anterior del 28 de noviembre de 2024, emitido por el Tribunal Administrativo de Caldas, que ya había desestimado las solicitudes del demandante.
La acción de cumplimiento fue interpuesta por Armando Ramírez Olarte, quien sostenía que las transmisiones públicas de los Consejos de Ministros, llevadas a cabo por el presidente Petro, infringían los artículos 6 y 189.10 de la Constitución Política, así como el artículo 9 de la Ley 63 de 1923.
Con Informacion de INFOBAE.
