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OFAC emite licencia 50B para operaciones petroleras en Venezuela con nuevas exigencias legales y financieras.

Redacción Batalladeideas
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Caracas, 11 mayo (batalladeideas.com).- El Departamento del Tesoro de Estados Unidos renovó este miércoles 10 de junio el marco normativo que regula las actividades energéticas en Venezuela.

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) emitió la licencia general 50B, que sustituye a la 50A, vigente desde febrero, y fija nuevas condiciones para las operaciones en el sector de hidrocarburos de Venezuela.

El permiso permite a seis empresas energéticas internacionales —Chevron Corporation, Repsol, Eni, Maurel & Prom SA, BP PLC y Shell PLC— y sus filiales llevar a cabo actividades de petróleo y gas natural que incluyan al Gobierno de Venezuela, a Petróleos de Venezuela (Pdvsa) o a cualquier entidad donde la estatal posea una participación igual o mayor al 50%.

Uno de los aspectos más importantes que trae la 50B es el fortalecimiento del marco contractual legal.

Cualquier acuerdo firmado bajo esta licencia debe ser interpretado y organizado de acuerdo con las leyes de una jurisdicción de Estados Unidos.

Asimismo, cualquier conflicto que surja de estas transacciones no podrá solventarse en territorio venezolano: las únicas sedes de arbitraje internacional aceptadas son Estados Unidos, Reino Unido, Francia y Singapur.

La OFAC precisó que estas exigencias son compatibles con la legislación venezolana en aspectos como permisos administrativos, concesiones, regulaciones laborales y protección del medio ambiente.
En el ámbito financiero, la licencia establece regulaciones rigurosas sobre los sistemas de pago.

Se prohíbe de manera categórica el uso de activos digitales, incluyendo las criptomonedas emitidas por Venezuela, con especial referencia al Petro.

Cualquier pago orientado a una entidad bloqueada en el país —incluyendo regalías e impuestos de hidrocarburos— deberá ser depositado directamente en los Fondos de Depósito de Gobiernos Extranjeros, de acuerdo con la Orden Ejecutiva 14373 del 9 de enero de 2026.

Asimismo, están prohibidas las condiciones de pago desproporcionadas, los canjes de deuda y las operaciones en oro.

ALERTAS 24/BDI

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