Una mujer tuvo una bebé, lo asfixió y lo escondió en una lavadora.
Los eventos tuvieron lugar el 20 de septiembre de 2022 en El Cerrito, Calle Colinas Monagas, Casa N° 5, Petare, en el municipio Sucre (Miranda). En ese día, a la hora de la comida, Johana estaba teniendo un bebé en su casa, lo que preocupó a los vecinos por los gritos de la mujer. Ante esta situación, notifique a sus familiares quienes acudieron a la casa para abordar la situación mencionada.
Inicialmente, Johana informó que había abortado y arrojado el feto en un contenedor en las escaleras de Mezuca, pero al investigar, no encontraron nada.
Sin embargo, la paciente fue llevada al Hospital Domingo Luciani, donde mencionó al médico sobre el aborto y le explicó que había dejado el feto en su casa. La madre de Johana regresó a su casa y encontró al feto envuelto en una sábana dentro de la lavadora.
Debido a eso, la Fiscalía 107 de Caracas pidió que se iniciara un proceso judicial contra Johana por estar implicada en el crimen de asesinato de su hijo.
El señalamiento fue registrado el 7 de noviembre de 2022 ante el Tribunal 35 de Control de Caracas. La instancia tuvo una audiencia el 13 de diciembre de 2022 para discutir la propuesta del Ministerio Público. Durante ese encuentro en el tribunal, el juez le consultó a Johana si estaba dispuesta a aceptar los acontecimientos y así evitar el proceso judicial. La mujer negó los hechos y el tribunal decidió enviarla a juicio, según la sentencia.
Los debates sobre la posible responsabilidad penal de Johana Zambrano iniciaron el 10 de mayo de 2023 en el Tribunal Primero de Juicio de Caracas y finalizaron el 24 de enero de 2024, cuando fue condenada a 30 años de prisión. Le designaron como lugar de confinamiento el Centro de Reclusión Femenino de Orientación Judicial (Inof), situado en Los Teques (Miranda).
La solicitud de revisión judicial
El abogado privado de Johana, Maximino Antonio Álvarez Rengifo, apeló esa sentencia el pasado 6 de marzo. La Sala 6 de la Corte de Apelaciones de Caracas rechazó el recurso, con los tres jueces confirmando la sentencia máxima contra Johana Zambrano.
Un segundo abogado particular de la mujer, en este caso Juan Urdaneta González, presentó una apelación ante la Sala Penal con el objetivo de revocar la sentencia impuesta a la madre que mató a su bebé.
En la presentación, el abogado señaló que la Corte de Apelaciones no había mostrado suficiente motivación al revisar las denuncias presentadas, ‘’¿Por qué es necesaria una motivación lógica y no contradictoria en la Sentencia de la Corte de Apelaciones?’’ El abogado se cuestionó al analizar su recurso de casación.
Cuando pregunta a los jueces, el abogado describe a su cliente, (Johana Zambrano) como una mujer ‘’madre de dos niñas con problemas psiquiátricos y antecedentes de consumo de estupefacientes’’. Por lo tanto, los jueces debían estar seguros acerca de: ‘’¿Si no sabía que estaba embarazada, por cuanto presentaba derrames de sangre que creía ser la menstruación? ¿Si la niña nació viva o había fallecido ante de expulsarla?’’.
Los jueces de la Sala Penal notaron que el abogado de Johana Zambrano quería emplear el recurso de casación para que el Tribunal Supremo de Justicia revisara nuevamente los hechos discutidos en el juicio que condenó a la mujer.
Los jueces de la Sala Penal recordaron al abogado Urdaneta que las preguntas sobre si la niña estaba viva al nacer ya se resolvieron en el juicio, y que los recursos de casación no son para hacer ese tipo de planteamientos.
Aun así, el Tribunal desestimó ese recurso y confirmó la sentencia porque se hizo lugar al alegato del abogado, ‘’es de tal modo insuficiente que no puede obtenerse la clara comprensión’’.
Con la información de ÚltimasNoticias.