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Despedida por no responder durante una excedencia, denunció: el juez niega que la desconexión digital sea un ‘derecho fundamental’.

Redacción Batalladeideas
1 Min Read

En diciembre de 2018, hace más de seis años, se ratificó una ley en España que, entre otros temas, intentaba conceder a los empleados el derecho a la desconexión digital.

Sin embargo, durante todos estos años, hemos presenciado múltiples sentencias que, en la realidad, no reconocen esto como un derecho básico.

Desde Genbeta hemos informado sobre varios casos que ahora revisaremos y hace un año recogimos una nueva sentencia que es importante considerar, en Valladolid, que establecía que «el derecho a la desconexión digital no se clasifica como un derecho fundamental, y en todo caso, no se demuestra que dichos correos ni requerimientos se hicieran en períodos de descanso, permisos o vacaciones».

Con esto, la resolución validaba el despido de una empleada que había denunciado a su compañía por prescindir de ella sin justificar adecuadamente sus faltas, cuando ella había solicitado una licencia por cuidar a un familiar.

Con Informacion de GENBETA

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