En la tarde del miércoles 12 de febrero se produjo un incendio grave en una tienda de colchones situada en el centro comercial Outlet Factory, en la Calle 9 con Carrera 62, en la Avenida de las Américas, al occidente de Bogotá.
Para gestionar la situación, los Bomberos de las estaciones Puente Aranda, Central, Restrepo y el Equipo Técnico de Rescate llevaron a cabo maniobras de ventilación mecánica.
Debido a la gran cantidad de humo y al peligro de que el fuego se propagara a otros establecimientos, se evacuaron a 200 personas y, al concluir las operaciones de respuesta, Bomberos Bogotá informó que no hubo heridos. Los equipos de emergencia también se encargaron de una fuga en el sistema de incendios (que falló durante la emergencia) dentro de la planta de colchones hasta cerca de las dos de la tarde.
La situación se manejó completamente y se inició una indagación para identificar las posibles razones del suceso. De igual manera, el centro comercial sigue estando abierto.

Multas por generar incendios en Colombia
Según lo tipificado en el Código Penal, en el artículo 350, estos son los tres tipos de incendios en los que se podría incurrir en delitos, junto con sus respectivas sanciones:
- Incendio a objetos: La norma sanciona a aquellas personas que incendien un objeto o elemento tangible y material, que pueda ser trasportado fácilmente de un lugar a otro, con una multa que alcanza los $195 millones de pesos y hasta 12 años de cárcel, según lo determine un juez. Quien “prenda fuego en cosa mueble incurrirá en prisión de 16 a 144 meses y multa de 13.33 a 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes”, asegura el artículo.
- Incendio a inmuebles: En caso de que la conducta sea dirigido a un “inmueble u objeto de interés científico, histórico, cultural, artístico o en bien de uso público o de utilidad social”, la sanción podría llegar hasta los 15 años de prisión y multa de hasta $975 millones. “La prisión será de 32 a 180 meses y multa de 133.33 a setecientos cincuenta 750 salarios mínimos legales mensuales vigentes”, asegura la norma.
- Incendio forestal: Este es el caso con mayor sanción, debido a que la ley indica que “quien destruya, inutilice, haga desaparecer o cause un impacto ambiental grave o de cualquier otro modo dañe los recursos naturales incurrirá en prisión de 60 a 135 meses, y multa de 167 a 18.750 salarios mínimos legales mensuales vigentes”. Esto significa que, si el juez así lo determina, podría sancionar con 11 años de cárcel y una multa de $24 mil millones.
Con Información de EL ESPECTADOR.
