El presidente Nicolás Maduro firmó el decreto de Emergencia Económica, una acción constitucional destinada a mitigar el efecto de la guerra económica comercial, con el objetivo de salvaguardar todos los sectores productivos y asegurar el equilibrio ante estas nuevas realidades.
«Frente a las condiciones internacionales y el efecto de la guerra comercial económica contra el mundo y contra Venezuela, y contra todo nuestro continente, yo invoco las atribuciones constitucionales que me otorga el decreto de emergencia económica para resguardar, de manera integral, todos los sectores productivos y asegurar equilibrio, armonía, capacidad de resistencia y recuperación ante las situaciones que se presentan en el mundo», destacó el presidente.
El Decreto comenzará a aplicarse y tendrá una duración inicial de sesenta (60)
Ciertos artículos del Decreto:
Artículo 1. Se proclama el estado de emergencia Económica a nivel nacional. Esta acción permitirá al Gobierno implementar normativas urgentes para proteger la economía del país y asegurar el acceso a productos y servicios básicos.
Artículo 2. El Presidente tendrá la capacidad de:
•Establecer normas excepcionales y temporales para estabilizar la economía.
•Detener la aplicación y recaudación de impuestos para salvaguardar el sistema productivo.
•Crear estrategias para luchar contra la evasión tributaria y promover la producción local.
•Fomentar la inversión tanto nacional como extranjera y permitir las contrataciones indispensables para recuperar derechos fundamentales y garantizar el acceso a servicios esenciales.
Artículo 3. Durante el período de Emergencia, se interrumpe la garantía constitucional de la reserva legal en cuestiones económicas y financieras.
Artículo 4. El Presidente podrá implementar acciones de carácter social, económico o político que estime necesarias frente a la circunstancia excepcional.
Con Información de EL LUCHADOR.
